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PARTICIPACIÓN PRIVADA EN EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES
UNIVERSITARIAS ESTATALES

Nassir Sapag Chain

La modernización de un país no puede no estar ligada a la modernización de sus universidades. Las universidades estatales, lejos de actuar con un criterio conservador, que muchas veces las hace avanzar torpe y lentamente, deben ser capaces de impulsar la innovación en su propia organización, como la principal muestra de su más clara convicción de que ella no sólo juega un rol preponderante en el desarrollo del país sino de que, también, lo lidera.

Como se observa en la casi totalidad de los países como el nuestro, las universidades estatales manifiestan una fuerte dependencia de los recursos gubernamentales que les son asignados para la necesaria investigación científica que realizan. Aún así, es compartido el sentimiento de que el financiamiento destinado a este fin no es suficiente para apoyar toda la investigación científica que en las instituciones de educación se quiere o debiera realizar.

Las múltiples obligaciones de los gobiernos para combatir la pobreza, la drogadicción o la delincuencia, para enfrentar las mejoras salariales de los profesores, para mejorar la calidad de la atención de la salud o para invertir en la infraestructura de apoyo al crecimiento del país, entre muchas otras, hacen considerar como inviable la posibilidad de obtener mayores recursos que los que actualmente se asignan ala educación superior. Su importancia, sin embargo, no deja lugar a dudas. El éxito de la acción exportadora que hoy enorgullece a Chile, se encuentra estrechamente ligado a la capacidad exhibida por las universidades estatales para generar las condiciones para ello, tanto por la creación del conocimiento para ello como por la preparación del personal que lo hizo posible. La responsabilidad de las universidades con el desarrollo futuro del país frente a los escasos recursos que con seguridad se dispondrán para apoyar a la investigación científica, hacen que ahora, más que nunca, ellas demuestren su capacidad para superar estas dificultades mediante la exhibición de su voluntad innovadora en la búsqueda de soluciones que posibiliten la anhelada modernización.

Las experiencias unánimemente aplaudidas de incorporar al sector privado en la superación de los déficit de infraestructura nacional mediante el sistema de concesiones, hacen asegurar que esta modalidad puede y debe ser extendida a la casi totalidad de las actividades que el sector público realiza. Particularmente, a aquellas donde, independientemente de la “ganancia” que podría obtener el privado que participa en ella, se perciban claros beneficios para el país. La concesión de algunas actividades universitarias (no académicas) posibilitaría incorporar un mecanismo de modernización en la gestión sin traspasar la propiedad de las obras que se ejecuten al sector privado.

Una modalidad alternativa de liberar recursos para destinarlos a la actividad que le es más propia a las universidades, es la de privatizar aquellas tareas de orden secundario a la actividad académica (imprentas, por ejemplo), si se demuestra que son deficitarias en su gestión y que la externalización del servicio permitiría ahorros que podrían suplir la falta de recursos para financiar la investigación científica u otras acciones que sean más propias del quehacer universitario. Con el instrumento de la concesión, las universidades estatales podrían financiar actividades que de otra forma se tendrían que postergar, a veces indefinidamente, a la vez que podrían lograr un apoyo cierto en una más eficiente gestión de esas actividades. De esta forma, se lograría disponer del financiamiento oportuno para ejecutar las inversiones que la universidad no pueda realizar. Por ejemplo, para apoyar la creación de nuevas carreras, para modernizar o para ampliar la capacidad de servicio de otras.

Es fácil apreciar que, con el concurso de los privados y la capacidad académica de la universidad, se podría crear una carrera que hoy no tengan las universidades estatales, como diseño, por ejemplo, entregando la gestión, salvo la académica, al inversionista priovado; o ampliar un postgrado sobre el que exista mucha demanda pero que no dispone de la infraestructura física para acoger a un mayor número de postulantes, generalmente extranjeros, como en odontología, por ejemplo; o aumentar la eficiencia en un área de servicios, como sería, por ejemplo, entregar en concesión la gestión de la infraestructura ociosa de un hospital.

Es indudable que, con esto, la universidad (y el concesionario) obtienen una rentabilidad privada. Sin embargo, más importante es la rentabilidad social que tiene el permitir formar los profesionales que los países necesitan o atender a más pacientes. Con la concesión, la universidad podrá disponer de recursos frescos para realizar nuevas actividades o liberar recursos que hoy destina a actividades potencialmente concesionables para redestinarlos a financiar iniciativas que deben quedar en el ámbito público. La concesión permite, así, incorporar a los privados a la tarea de contribuir a la aceleración del desarrollo nacional.

No hay forma más clara de facilitar su incorporación a una tarea tantas veces demandada por el sector público, posibilitándose que el Estado deje de cargar con parte del mantenimiento de sus universidades para destinar recursos principalmente a tantas tareas necesarias de realizar en el país, pero que no manifiestan rentabilidad privada.

Al no entregar en concesión actividades académicas o de gestión académica, pero evaluando la posibilidad de hacerlo con otras actividades, incluso de gestión universitaria, la universidad no pierde el poder que debe mantener sobre aquellas. Más aún, mantiene un control real, tanto por el mecanismo de definir las bases contractuales de la concesión como por la supervisión de la ejecución de la actividad concesionada.

La universidad y el país no tienen nada que perder con una concesión pero sí mucho que ganar. Además de las razones expuestas anteriormente, particularmente la de que sin la concesión la actividad probablemente no pueda realizarse, es necesario considerar que ella generalmente entrega el comodato sobre un activo universitario por un plazo fijo igual al de la concesión, al cabo del cual todo vuelve al ámbito de acción de la universidad, y que el concesionario es quien debe hacer las inversiones necesarias (según los términos contractuales que la universidad inteligentemente debe definir para que ambas parten observen posibilidades de lograr una rentabilidad positiva), asumiendo todo el riesgo por la recuperación de la inversión realizada, ya que si fracasa, toda la inversión queda en propiedad de la universidad.

Obviamente, la universidad, en contraparte, debe definir un procedimiento para garantizar las condiciones que sirvieron de bases de cálculo para que el concesionario haya efectuado las proyecciones de su negocio. Por ejemplo, no alterando la oferta de cupos en una determinada carrera entregada en concesión.

Las universidades estatales no pueden temer a una asociación con el privado. La responsabilidad social de su quehacer las obliga a aliarse con quien sea para lograr la consecución de los intereses superiores del país.

Esta misma responsabilidad las obliga a reconocer y aceptar sus debilidades, financieras o de gestión, pero principalmente a idear y proponer la solución más eficiente al problema de su desarrollo, aunque ella no sea la más cómoda a sus particulares intereses.

Las universidades estatales, más que temer a la innovación en su gestión, deben propender a ella. La eficiencia, capacidad y eficacia no pueden enseñarse en una institución que no muestra ser eficiente, capaz y eficaz en su propio quehacer.

La tradición de las universidades estatales no puede ser sinónimo de inercia o falta de agilidad y fluidez en su actuar. Su tradición debe ser la permanente innovación y modernización.